jueves, 10 de marzo de 2011

10 claves

[10]  La contradicción con Códigos y Leyes 
vigente





Los textos analizados no mencionan el Código Deontológico 
profesional como norma auxiliar del Derecho en la toma de 
decisiones médicas ni su papel en la valoración de la actuación 
profesional.
Además, establecen prácticas sanitarias que contravienen el 
artículo 143.4 del Código Penal  como, por ejemplo, la suspensión 
de medidas de soporte vital ordinarias y proporcionadas y una 
interpretación inadecuada de lo que es la sedación paliativa.
Es un deber clínico del médico detectar si se encuentra ante un caso 
de petición de sedación terminal  no indicada, contraindicada o 
desproporcionada, no actuando en esa situación de modo 
conforme a la voluntad del paciente por entrar en conflicto con el 
Código Deontológico profesional y con el Código Penal.

10 claves



[9]  Las sanciones a los profesionales y los 
Centros





El médico de acuerdo a su juicio clínico, a la evidencia científica 
disponible, sus conocimientos y experiencia profesional sobre el 
estado clínico, gravedad y pronóstico, puede establecer la 
indicación de una determinada intervención sanitaria y considerar 
de modo adecuado que una intervención propuesta por un 
paciente, puede estar contraindicada y ser contraria a una correcta 
actuación profesional

10 claves

[8]  El procedimiento en caso de desacuerdo.


La Proposición de Ley Foral del Parlamento de Navarra  establece el procedimiento a seguir cuando el médico pretenda limitar el esfuerzo terapéutico y los familiares no estén de acuerdo y no 
existan voluntades anticipadas (testamento vital) del paciente.Sin embargo, llama poderosamente la atención que, a la inversa, no se describa ningún procedimiento cuando sea el paciente o sus 
familiares los que exijan limitar el esfuerzo terapéutico en contra del criterio profesional del médico conforme a la lex artis o buena práctica médica.

10 claves

[7]  El uso de la manipulación de términos.



 En los textos analizados hay expresiones y términos ambiguos como «pronóstico de vida limitado»  que no se aplicarían a situaciones de agonía, sino a enfermos que no se encuentran en esa situación

10 claves

[6]  La definición de obstinación terapéutica.



Existe consenso ético y científico en que debe ser rechazado lo que se conoce como obstinación terapéutica, es decir, iniciar o mantener procedimientos diagnósticos o terapéuticos que ya no benefician al enfermo por ser inútiles, siendo por ello, susceptibles de limitación.

10 claves


[5]  La sedación terminal.


Los textos legislativos analizados establecen un supuesto «derecho a la sedación terminal ».
La sedación terminal es una herramienta terapéutica que surge, a propuesta del profesional médico cuando el paciente no responde a otros tratamientos y después de haber agotado todas las maniobras terapéuticas. Por tanto, su objetivo es el alivio sintomático y no el de acortar la vida del paciente. Una sedación terminal que tenga como propósito directo acortar la vida del paciente es rechazable desde el punto de vista terapéutico y no puede ser exigida como derecho por el paciente

10 claves



[4] La retirada de una intervención y las 
consecuencias para el profesional



Establecer de modo genérico como obligación del médico 
limitar las medidas de soporte vital, sin diferenciar sin nos referimos 
a medios ordinarios o extraordinarios y si éstos son proporcionados 
o no a la situación clínica del paciente, es muy grave y contrario a 
Derecho, pues se abre una puerta para decidir (el paciente o sus 
familiares) sobre el proceso de muerte.  Se acaba así con el 
fundamento social y jurídico que establece la protección del débil 
como punto de partida.


Además de estos graves errores conceptuales de la ley, si un 
profesional sanitario incumple la obligación genérica de limitar el esfuerzo terapéutico sería sancionado por infracción muy grave , lo 
que crea una clara situación de indefensión para profesionales y 
centros sanitarios.

10 claves



[3]  La autonomía del paciente y el derecho a la 
toma de decisiones tras el consentimiento 
informado





La aplicación de forma genérica del derecho del paciente a que sean  
respetados sus deseos, se trataría de un principio básico y correcto. 
Sin embargo, la preponderancia de este principio sin establecer 
ningún tipo de valoración ética del mismo, puede ser altamente 
perjudicial para el propio paciente, de ahí la importancia de fijar los 
límites de la autonomía en la toma de decisiones. Por ejemplo, en el 
caso de un paciente con cáncer de próstata tratado localmente con 
radioterapia presenta también metástasis en huesos y cerebro y el 
paciente rechaza la quimioterapia propuesta, y exige una cirugía no 
indicada, invocando el principio de autonomía por encima de todo. 
La aceptación de ese deseo llevaría a provocar, con una alta 
probabilidad, complicaciones del procedimiento sin ningún 
beneficio esperable según la evidencia científica, al no ser el 
tratamiento necesario, ya que el cáncer no se encuentra en un 
estado curable mediante cirugía.
La autonomía debe ir siempre de la mano de la 
profesionalidad, la buena práctica médica y la responsabilidad de 
los profesionales sanitarios. Cualquier ley que enfrente a ambos 
(pacientes y profesionales) está haciendo un grave daño al propio 
paciente y a la sociedad

10 claves sobre la legislación (3)

[2]  El alcance y ámbito de aplicación.

Hay que destacar que tanto en la legislación andaluza, como las que se encuentran en trámite en las otras Comunidades,  no existe mención explícita alguna del derecho al respeto al ideario de los centros sanitarios. Esto es importante porque los profesionales y los centros quedarán obligados por los derechos y deberes que se describen en los textos legislativos.
Esta ley afectará a las actuaciones de cuidados paliativos que se realizan por servicios de asistencia que, según cada Comunidad Autónoma, pueden ser gestionados por servicios privados. Esto tiene relevancia en la práctica, pues los centros gestionados por servicios o entidades independientes con un ideario propio podrían entrar en conflicto  con esta nueva normativa.

10 claves sobre la legislación (2)

(1)  Intención clara de la futura 




legislación, en la que predominará la autodeterminación del 
paciente o de los familiares en el proceso clínico, sin fijar límite 
alguno.


La redacción de la ley andaluza y de los proyectos legislativos 
citados tienen el siguiente desarrollo común:
 Parten de definiciones terminológicas muy ambiguas
 A continuación, se enumeran unos derechos de los pacientes, 
seguidos de los deberes de los profesionales y Centros para hacer 
efectivos esos derechos, y finalmente, se exponen las sanciones por 
su incumplimiento.


Desde la Exposición de Motivos se establece el sentido de la 
inclinación de la balanza al indicar que el objetivo final de l
legislación es  consagrar los derechos de autodeterminación 
decisoria de las personas.


Ante esto, Profesionales por la Ética desea expresar que una Ley que 
parta de este dualismo (autonomía del paciente frente al médico), 
está creando un soporte legislativo favorecedor de conflictos, cuyas 
consecuencias jurídicas y profesionales pueden causar un gran 
perjuicio al propio paciente y a la sociedad.

10 claves sobre la legislación (1)

[1]   La intención de la ley
[2]   El alcance y ámbito de aplicación de las nuevas normas
[3]   La autonomía del paciente y su derecho a la toma        
                     decisiones tras el consentimiento informado
[4]   La retirada de una intervención y las consecuencias        
                     para el profesional
[5]   La sedación terminal
[6]   Definición de obstinación terapéutica
[7]   El uso de la manipulación de términos
[8]   El procedimiento en caso de desacuerdo
[9]   Las sanciones a los profesionales y Centros
[10] Contradicciones con Códigos y Leyes vigentes

Desafección de la sociedad hacia el gobierno

Es una pena que una profesión tan noble como la política esté tan desprestigiada


El actual portavoz socialista en la Comisión de Fomento avisa de que por mucho que el PSOE quiera hablar a los ciudadanos de sanidad, de educación o de políticas activas de empleo, la "ansiedad" sobre el futuro político de Zapatero va a perseguir a los socialistas.

lunes, 7 de marzo de 2011

¡Libertado Said!

Feliz sábado, JUAN LUIS!

¡Libertado Said!
No quiero esperar más para darte una buena noticia: han puesto en libertad a Said Musa, el cristiano encarcelado desde mayo de 2010 en Afganistán.

Más de 50.000 ciudadanos activos participaron en la alerta de HazteOir.org para pedir su libertad. Miles más se unieron en todo el mundo a las campañas de otras entidades. Juntos lo hemos conseguido.
Te confieso una cosa. Ningún logro como voluntario de HO me colma tanto como ayudar a conseguir la libertad de personas que sufren por causa de su fe.
Días atrás conocimos la liberación de Said por fuentes no oficiales, pero hemos preferido no divulgarlo hasta tener una confirmación oficial.
Sin embargo, Asia Bibi, al igual que otros muchos cristianos, sigue encarcelada en Pakistán.
Said Musa está, al fin, libre gracias a la formidable movilización de cientos de miles de personas de todo el mundo, que han enviado mensajes a sus gobiernos para que actuasen por la libertad de Said y de su familia.
La noticia de la liberación de Said está en todos los grandes medios de comunicación. Pincha en el siguiente enlace para leer la noticia de la puesta en libertad de Said Musa, publicada porThe New York Times (está en inglés):



La alerta de HazteOir.org, activa desde el pasado 14 de febrero, ha recogido más de 50.000 peticiones de libertad para Said Musa. Es la campaña más participativa de HO en lo que llevamos de año.

La campaña de apoyo a los cristianos perseguidos ha conseguido, en España, que la ministra de Exteriores, Trinidad Jiménez, rectifique la lamentable línea del Gobierno de Rodríguez Zapatero de mirar para otro lado ante la ola de violencia contra los cristianos.


¡Tu compromiso perseverante con la libertad religiosa lo ha conseguido!


La campaña de HazteOir.org para conseguir la puesta en libertad de Asia Bibi sigue activa.
Por favor, anima a tus contactos a pinchar en el siguiente enlace para pedir la libertad para Asia Bibi y para todos los cristianos perseguidos:

http://www.hazteoir.org/firma/34272-escribe-presidente-pakistan-salva-asia-bibi
Tenemos que conseguir para Asia Bibi la misma libertad de la que ya disfruta Said Musa y su familia.
Muchas gracias por tu compromiso con la libertad de los cristianos perseguidos.

Ignacio Arsuaga y todo el equipo HO